Poder Nacional de la República Bolivariana de Venezuela
El Poder Nacional es una de las tres ramas que constituyen el Poder Público. Se divide en: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
El Poder Legislativo
Es el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales, este poder es ejercido en Venezuela por la Asamblea Nacional.
La Asamblea Nacional es el órgano de tipo unicameral (compuesta de una sola cámara), esta conformada por 165 Diputados. Es presidida por el Diputado del Estado Monagas, Diosdado Cabello. La actual Asamblea se instaló el 5 de enero de 2011 y ejercerá sus funciones hasta el 5 de enero de 2016.
A Nivel Estadal o Regional: el Poder Legislativo es ejercido por El Consejo Legislativo Estadal o Consejo Legislativo Regional.
Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo Nacional en Venezuela es representado por el Presidente, el Vicepresidente y los Ministros que son de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República.
- Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.
Es el Máximo órgano del poder Ejecutivo y cumple funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, primer representante al exterior y jefe de la Administración Pública Nacional. Es elegido a su cargo por un período de 6 años. El Actual Presidente de la República Bolivariana de Venezuela es: Nicolas Maduro Moros.
- Vicepresidente de la República Bolivariana de Venezuela.
Es nombrado por el presidente de la República. Entre sus funciones está la de colaborar con el mismo en actos de importancia para el país, asumir el cargo de presidente de la República en caso de así ser necesario y en casos previstos por la ley. El cargo es de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República. El Actual Vicepresidente de la República Bolivariana de Venezuela es: Jorge Arreaza.
- Ministros.
Los Ministros o Ministras son órganos directos del Presidente o Presidenta de la República, y reunidos conjuntamente con este o ésta y con el Vicepresidente o Vicepresidenta, integran el Consejo de Ministros.
Además de participar en el Consejo de Ministros, asesoraran al Presidente de la República y al Vicepresidente.
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